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El significado del trabajo es universalmente aceptado para el desarrollo humano. Una Organización, como empleador, contribuye a los objetivos plenamente aceptados de la sociedad, en particular mediante el pleno empleo para mejorar los medios de vida, el trabajo decente y la seguridad del empleo.

Las relaciones entre los empleadores y los trabajadores subordinados se regulan a través de un marco jurídico que cada país tiene en vigor. Aunque varían de un país a otro, las pruebas y los criterios para determinar si existe una relación laboral, el hecho de que el poder de las partes contratantes no sea igual y que los trabajadores necesiten, por tanto, una protección adicional, constituyen la base del derecho laboral universalmente aceptado.

En interés de la Organización y de la sociedad, la relación laboral asigna derechos e impone obligaciones tanto a los empleadores como a los trabajadores subordinados.

Desafortunadamente, no todo el trabajo se hace dentro de una relación de trabajo "tradicional". Los hombres y las mujeres también se realizan como trabajadores autónomos, en otros servicios y en el trabajo, y en estas situaciones las partes tienen una relación más igualitaria y comercial, siempre que se consideren independientes entre sí. Las relaciones comerciales y laborales no siempre son distintas y claras y a veces se clasifican erróneamente, con el resultado de que los trabajadores no siempre reciben la protección y los derechos de que gozan. Es importante que, tanto para las personas que realizan el trabajo como para la sociedad en general, se reconozca y aplique el marco institucional adecuado y legal. Ya sea que el trabajo se realice mediante un contrato comercial o un contrato de trabajo, todas las partes deben tener el derecho de conocer sus responsabilidades y derechos. Si no se respetan las condiciones del contrato, también deben disponer de recursos adecuados para ayudarlas.

En este contexto, se considera trabajo todo lo que se realiza para obtener una cierta remuneración, sin incluir las actividades realizadas por voluntarios. Las organizaciones deben adoptar medidas y políticas para asumir su responsabilidad jurídica, así como el deber de protección hacia los voluntarios.

Enlaces externos: 

UNESCO - Derecho al trabajo

Ministerio de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social de la República Portuguesa